En el juicio preliminar del caso contra el senador Felix Bautista, por corrupción, Alejandro Moscoso Segarra, juez de la Instrucción Especial de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), se ve precisado a realizar a realizar varias pausa para dar repuesta a la gran cantidad de incidentes que plantean las defensa del legislador y los demás coacusados. Santo Domingo, RD 22 de enero del 2015 Fotos Orlando Ramos

Reiteran No Ha Lugar a favor del senador Bautista

Los jueces de la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia ratificaron el No Ha Lugar a favor del senador Félix Bautista, el cual favorece además, a José Elías Hernández García, Bolívar Antonio Ventura Rodríguez, Carlos Manuel Ozoria Martínez, Grisel Araceli Soler Pimentel, Soraida Abreu Martínez, Bienvenido Apolinar Bretón Medina.

La decisión de los jueces de favorecer a Félix Bautista, anula el recurso de apelación presentado por el procurador General de la República en contra del auto de “No Ha Lugar” emitido a favor del senador y de otros seis acusados de presunta corrupción y lavado de activos.

Bautista y los seis implicados lograron la nulidad de la acusación por “no haber cumplido el Ministerio Público con su obligación de comunicar, a los imputados, los aspectos puntuales de la investigación que precedió al acto conclusivo”, de acuerdo a la barra de la defensa.

El legislador fue acusado en fecha 22 de octubre del 2014 por el Procurador General de la República, quien presento formal acusación contra el ingeniero Félix Ramón Bautista Rosario, por presuntos hechos que de acuerdo a Francisco Domínguez Brito violaba la Constitución de la República, el Código Penal Dominicano, la Ley 72-02 sobre Lavados de Activos, Ley 41-08 de Función Pública, 82-79 sobre Declaración Jurada de Bienes, entre otras disposiciones. Dichas acusaciones fueron calificadas por Bautista de “falaces”, porque “ninguno de los hechos imputados se configuran como infracción de naturaleza penal”.

Ante las acusaciones del Ministerio Público, el Consejo de Defensa del senador Bautista y demás imputados prepararon una “respuesta a la calumnia, arbitrariedad y al abuso de poder”, ante los tribunales y los medios de comunicación. Dicho consejo estuvo integrado por los doctores: Abel Rodríguez del Orbe, Marino Feliz Rodríguez, Juan Antonio Delgado, José Antonio Columna, Francisco Álvarez Aquino, Ramón Núñez, Pedro Balbuena, Manuel Ulises Bonelly Vega, Ibo René Sánchez Díaz, Jorge Lora Castillo, Carlos Olivares, José Luis González y Manuel Pérez, con el objetivo de “desmontarlas acusaciones del procurador Domínguez Brito.

Balbuena manifestó que: ”No queda más que concluir que la acusación elaborada por el Procurador no fue más que una recopilación y transcripción de documentos , basados en argumentos vagos, que no sobrepasaron el tamiz de una investigación profesional y objetiva, sino que estuvo basada en prejuicios, especulaciones y manipulación grosera de los hechos”. Sobre esa “tesis”, dijo en los tribunales que el documento acusatorio no estaba redactado con fines judiciales sino destinado a provocar un escándalo mediático con fines espurios, ajenos al quehacer judicial, tal y como quedó demostrado durante el desarrollo de la audiencia preliminar”.

En su “respuesta a la calumnia, arbitrariedad y el abuso de poder”, planteada, defendida ante los jueces de la Suprema Corte de Justicia, los abogados del senador demostraron que las distintas denuncias que reposaban en el expediente, las empresas cuestionadas no estaban relacionadas con el legislador.

Además, “no existió ninguna vinculación comercial o de negocios entre Félix Bautista y las empresas constructoras de las obras adjudicadas por el Estado, a través de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado, Oisoe, mientras dirigió esa entidad.

Durante el proceso judicial, el consejo de defensa portó pruebas certificaciones de los diferentes préstamos bancarios ; los contratos de intercambio de hormigón por apartamentos; el contrato para la adquisición de Radio Cadena Hispanoamericana; contrato de la adquisición del avión entre otras evidencias para demostrar a los jueces que “los fondos manejados por las empresas citadas en el expediente acusatorio no provinieron de las arcas públicas, sino que son el fruto de sus actividades privadas”.

Sostuvieron que el Procurador Francisco Domínguez Brito en dicha acusación “utilizo los mismos informes que sirvieron para descargar a los imputados en el año 2012, para presentar su acusación. En tal virtud, los abogados llegaron a la conclusión de que la “acusación fue un abuso de poder, un asalto a la Constitución, a los Acuerdos, Convenios y Tratados Internacionales, al Código Procesal Penal Dominicano, a la Ley Orgánica del Ministerio Público”.

Redacción

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