Diputada Magda Rodríguez

Someten proyecto modificaría actual Ley de Régimen Electoral

La Cámara de Diputados tiene previsto conocer en la sesión de este martes un proyecto de ley que modificaría el artículo 136 sobre equidad de género de la recién aprobada Ley Orgánica de Régimen Electoral, número 15-19, del 18 de febrero de 2019.

La pieza legislativa es de la autoría de la representante de la provincia de Santiago y presidenta de la Comisión de Género de la Cámara de Diputados, Magda Rodríguez, la cual ostenta once considerandos y siete artículo que justifican la posible modificación de la ley ante citada.

La iniciativa de ley también está firmada además por los legisladores: Adalgisa Fátima Pujols, Adelis de Jesús Olivares Ortega, Ana María Peña Raposo, Ana Adalgisa del Carmen Abreu, Polanco, Ana Emilia Báez Santana, Ángela Pozo, Antonia Suriel Mata, Besaida Mercedes González de López, Ceila Licelot Encarnación Minyety de Peña, César Enrique Gómez Segura, Damarys Vásquez Castillo, Getrude Ramírez Cabral, Gilda Mercedes Moronta Guzmán, Gloria Roely Reyes Gómez,

Igualmente, Graciela Fermín Nuesi, Ivannia Rivera Núñez, Jacqueline Montero, Johanny Mercedes Guzmán Rodríguez de Batista, Josefa Aquilina Castillo Rodríguez, Josefina Tamárez, Juana Mercedes Vicente Moronta de Rodríguez, Lucía Argentina Alba López, María Cleofia Sánchez Lora, María Mercedes Fernández Cruz, Miledys Suero Rodríguez, Milna Margarita Tejada, Nancy Altagracia Santos Peralta, Olfalida Almonte Santos, Rafaela Alburquerque de González, Rosa Iris Guzmán Rodríguez, Ysabel de la Cruz Javier, Yuderka Yvelisse de la Rosa Guerrero)

En su artículo uno, la ley precisa que tiene por objeto modificar el párrafo II, numeral 9 del artículo 92 y el artículo 136 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral, número15-19, del 18 de febrero de 2019.

Mientras que el artículo dos, sobre ámbito de aplicación, precisa que esta ley es de carácter general y de aplicación en todo el territorio de la República Dominicana.

Asimismo, el artículo tres, establece que se modifica el párrafo II, numeral 9 del artículo 92 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral, numero 15-19, del 18 de febrero de 2019, para que diga de la siguiente manera:

Párrafo II.- Los candidatos a suplentes de regidores y vocales serán seleccionados de acuerdo a los estatutos o reglamentos de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos.

En tanto que el artículo cuatro, indica que se modifica el artículo 136 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral, número 15-19, del 18 de febrero de 2019, para que diga de la siguiente manera:

Artículo 136.- Equidad de género. Las nominaciones y propuestas de candidaturas a la Cámara de Diputados, a las regidurías y vocales se regirán por el principio de equidad de género, por lo que éstas deberán estar integradas de acuerdo a lo establecido en la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, por no menos de un 40 % ni más de un 60 % de hombres y mujeres de la propuesta por circunscripciones.

Igualmente, el artículo cinco, establece que se deroga el párrafo II, del numeral 9 del artículo 92 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral, número 15-19, del 18 de febrero de 2019.

También, el artículo seis, implanta que se deroga el artículo 136 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral, numero 15-19, del 18 de febrero de 2019.

Redacción