El procurador general de la República dijo este domingo que la condena por acoso sexual impuesta el exfiscal de Samaná, Robert Justo Bobadilla, reafirma el firme compromiso del Ministerio Público de apoyar y acompañar a las mujeres víctimas de cualquier tipo de violencia de género.
Al ponderar la decisión, Jean Rodríguez expresó que, “este caso evidencia que por más que quien ha cometido un delito intente evadir la justicia, el largo brazo de la persecución penal lo alcanza tarde o temprano, lo lleva ante los tribunales y logra que reciba la sanción correspondiente”.
Mediante una nota de prensa, el procurador afirmó además que, para lograr esta condena fue vital la perseverancia de las víctimas, las que dijo, se mantuvieron activas como querellantes. También, valoró el trabajo de la abogada Luz Díaz, que voluntariamente las representó y la buena labor del equipo actuante del Ministerio Público.
Indicó que Robert Justo Bobadilla utilizó todas las estratagemas habidas y por haber para evitar ser sancionado, pero que eso no le sirvió de nada. “Al final, cuando se dio cuenta de que no tenía escapatoria, tuvo que admitir los hechos y acogerse a un juicio penal abreviado.”, dijo el procurador general.
“Cuando llegamos a la Procuraduría General de la República, el caso de ese exfiscal tenía meses estancado en un juicio disciplinario. Me causaba indignación ver como ante ese proceso, que parecía interminable, mujeres que habían sido sus víctimas manifestaban impotencia”, señaló Rodríguez.
Asimismo, explicó que, frente a tan lastimosa situación, junto al equipo del Ministerio Público que estaba a cargo de ese juicio disciplinario, se trazó un plan para agilizarlo, iniciativa esta que hizo posible concluirlo con la destitución de Robert Justo Bobadilla como fiscal titular.
Agregó que luego del juicio disciplinario, el ex fiscal fue arrestado y se retomó el caso ante un tribunal de primera instancia, que lo condenó el pasado viernes, tras el acusado admitir su culpabilidad y realizarse un acuerdo para celebrar un juicio penal abreviado, que dejó satisfechas a las víctimas.
Condena
El pasado viernes 5 de octubre Robert Justo Bobadilla fue condenado a un año de prisión suspendida por el Juzgado de la instrucción del Distrito Judicial de Samaná, por acoso sexual a 10 mujeres, ex empleadas del Ministerio Público, usuarias del sistema de justicia y otras de esa demarcación.
Tras el acusado admitir su culpabilidad, la Juez Suplente de la Instrucción de Samaná, Dilcia de Peña Green, acogió y homólogo el Procedimiento Penal Abreviado que establece el Código Procesal Penal en sus artículos 363, 41, 293, 294, 341, 364 y 365.
La disposición establece que la condena de un año de prisión quedó suspendida condicionalmente tras 4 meses de prisión preventiva que cumplía como medida de coerción. Los ocho meses restantes serán bajo el cumplimiento de las reglas conductuales establecidas en el Artículo 41 del Código Procesal Penal.
A solicitud del Ministerio Público y las víctimas, el tribunal dispuso también que Robert Justo Bobadilla será sometido a un proceso de vigilancia, además a un tratamiento de un centro de Reeducación Conductual que será determinado por el Juez de la Ejecución de la Pena de esa demarcación.
Además, debe abstenerse de visitar los domicilios y lugares de trabajo más frecuentados por las víctimas, e inhibirse del portar y poseer armas blancas o de fuego. También, debe realizar trabajo de utilidad pública o interés comunitario en una institución estatal u organización sin fines de lucro, fuera de sus horarios de trabajo remunerado.