El Ministerio Público solicitó a la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional la imposición de medida de coerción consistente en prisión preventiva en contra del exjuez Francisco Alberto Arias Valera y la jueza suspendida Awilda Inés Reyes Beltré, quienes alegadamente formaban parte de una estructura corrupta que se encargaba de recibir sobornos y prebendas de particulares a cambio de favorecer imputados acusados de delitos graves, principalmente, de corrupción, narcotráfico y lavado de activos.
En la instancia dirigida al juez Ramón Horacio González Pérez el Ministerio Público precisa que las acciones de los imputados Francisco Alberto Arias Valera y Awilda Inés Reyes Beltré, en su condición de Juez del Cuarto Juzgado de la Instrucción del Departamento judicial de la provincia de Santo Domingo y miembro del Consejo del Poder Judicial y jueza de la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, respectivamente, se subsumen y adecuan típicamente a los artículos 177, 178, 179, 181, 183, 265 y 266 del Código Penal Dominicano y a las disposiciones expresadas en los artículos 3, 4 y 18 de la Ley No. 72-02 sobre Lavado de Activos Provenientes del Tráfico Ilícito de Drogas y Sustancias Controladas y Otras Infracciones Graves, que describen la conducta típica de soborno, prevaricación asociación de malhechores y lavados de activos.
Expresa que la prisión preventiva constituye la medida más idónea, ya que en este caso existen elementos razonables para sostener que son autores de los hechos ilícitos señalados en la instancia, además de las fuertes evidencias existentes de que pueden ocultarse, fugarse o ausentarse del lugar.
La Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, localizada en el antiguo edificio del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes, fijó para este miércoles 16 de diciembre, a partir de las 12:00 del mediodía, el conocimiento de la medida de coerción hecha por el Ministerio Público.
En la solicitud, el Ministerio Público precisa que desde la llegada al Consejo del Poder Judicial del imputado Francisco Alberto Arias Valera, en fecha 7 del mes de marzo del año 2011, se dio inicio a la conformación de una red mafiosa dentro del Poder Judicial, la cual, se dedicada a la fabricación de sentencias bajo diversos mecanismos ilícitos.
Establece que dicha red estaba dirigida por el propio Consejero del Poder Judicial Francisco Alberto Arias Valera e integrada por jueces de distintas jurisdicciones, entre las que resalta, la provincia Santo Domingo, el Distrito Nacional, Santiago, Peravia, entre otras provincias del Cibao, el Este y el Sur del país. Además de jueces esta red la componen secretarios, empleados administrativos, ex jueces y abogados en ejercicio.
La investigación de este caso evidencia que los traslados, ascensos, suspensiones de procesos disciplinarios, en definitiva premios e impunidad eran ofertados por el imputado Francisco Alberto Arias Valera a cambio de obtener de los jueces respuestas favorables a sus solicitudes, en casos excepcionales jueces accedían a sus pedimentos por ascensos o temor a represalias y en la mayoría de los casos a cambio de considerables suma de dinero que eran concertadas y entregadas por el imputado Arias Valera personalmente o a través de interpósitas personas.
Indica que se ha determinado que es en ese contexto de operaciones criminales en el seno del Poder Judicial que el encartado Francisco Alberto Arias Varela recibió del imputado Erickson de los Santos Solís (Ney) una cantidad de dinero para ser favorecido con una libertad a través de un habeas corpus, dinero que fue entregado por uno de los abogados del imputado, al referido entonces consejero quien a su vez le hace entrega de al menos 350 mil a la imputada Awilda Inés Reyes Beltré a cambio de la referida libertad.
Señala que en iguales circunstancias fue dictada la sentencia No. 18-2015, por la imputada Awilda Inés Reyes Beltré, en fecha 30 del mes de octubre del año 2015, cuando entonces presidía la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, con la Coautoría de Francisco Alberto Arias Valera, para favorecer mediante un amparo con 20 millones de dólares americanos a la sociedad Prado Universal Corp, a pesar de que el pedimento de los accionantes no tenía ningún fundamento en derecho y la imputada no tenía competencia en virtud del objeto que perseguían los accionantes.
Agrega que en fecha 2 del mes de noviembre del año 2015 la imputada Awilda Inés Reyes Beltré, le hizo entrega o mejor dicho devolución, al imputado Francisco Alberto Arias Valera de la suma de 350 mil pesos, que el mismo le había entregado como adelanto para la libertad del acusado Erickson de los Santos Solís (Ney).
En otros, la instancia con la solicitud de la coerción además establece que mediante la investigación se ha podido determinar que la Sentencia No. 094-2015 de fecha 7 del mes de julio del año 2015, dictada por la imputada Awilda Inés Reyes Beltré, cuando entonces presidía la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, por medio de la que efectivamente se prueba que la imputada devolvió la aeronave CESSNA, matrícula N61MA a José Bacile, fue otorgada de manera ilícita con la coautoría del acusado Francisco Alberto Arias Valera.
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