Cristina Lizardo, presidenta del Senado

Asamblea Revisora de la Constitución sesionará sábado

La presidenta del Senado, Cristina Lizardo, convocó este martes  la Asamblea Nacional Revisora para reformar la Constitución y establecer la reelección presidencial, para  permitir que el presidente Danilo Medina pueda optar por un segundo mandatado 2016-2020, con un artículo transitorio de que solo podrá presentarse por ese segundo y único período constitucional consecutivo, no pudiendo postularse jamás al mismo cargo.

La convocatoria hecha por Lizardo, quien además es presidenta de la Asamblea Nacional, se produjo horas después de que el presidente Medina promulgara la Ley que convoca a la Asamblea Revisora, la que a su vez había sido recibida momentos antes por la Cámara de Diputados, que la aprobó de urgencia en dos lecturas consecutivas.

El Partido de la Liberación Dominicana (PLD), logró el consenso con los partidos Revolucionario Dominicano (PRD),  y el Reformista Social Cristiano (PRSC), para obtener el voto favorable de 148 diputados, 80% de la matrícula, y aprobar el proyecto de ley que convoca a la Asamblea Revisora de la Constitución.

A las 3:00 de la tarde de ayer, unas dos horas después de ser aprobado, el presidente de la Cámara de Diputados, Abel Martínez, envió el proyecto al presidente Medina, para su promulgación.

Este miércoles se reunirán los equipos de protocolo del Senado y la Cámara de Diputados, para establecer los pormenores y el programa que regirá la Asamblea en la sesión del sábado.

pocas horas de que la Cámara de Diputados aprobara la Ley, el Poder Ejecutivo la promulgó. La información la suministró el vocero de la Presidencia, Roberto Rodríguez Marchena, en una rueda de prensa que ofreció en el Salón Orlando Martínez del Palacio Nacional.

El presidente de la cámara de diputados, Abel Martínez, envió una misiva al mandatario la cual fue recibida en la consultoría jurídica de la Casa de Gobierno a las 3:00 de la tarde y a las 6:00 PM se informó que la pieza había sido promulgada.

Ley promulgada

El primer considerando de la Ley 24-15 establece que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 269 de la Constitución, esta podrá ser reformada si la proposición de reforma se presenta en el Congreso con el apoyo de la tercera parte de los miembros de una u otra cámara, o si es sometida por el Poder Ejecutivo.

El artículo uno de la Ley 24- 15 precisa que se declara la necesidad de modificar el artículo 124 de la Constitución, así como el establecimiento de un artículo transitorio en el texto de la misma.

Mientras que el artículo dos del decreto número 24-15 destaca que la reforma tiene como objetivo que el presidente pueda optar por un segundo y único período constitucional consecutivo, no pudiendo postularse jamás al mismo cargo.

En la parte a del artículo dos expresa que el objetivo de la presente reforma es permitir que el presidente de la República pueda optar por un segundo mandato y único periodo constitucional consecutivo, no pudiendo postularse jamás al mismo cargo.

En tanto que la parte B del mismo señala también que el objetivo es establecer un artículo transitorio que consigne que en el caso eventual de que el presidente de la República Actual, sea candidato presidencial para el periodo 2016-2020, no podrá presentarse para el siguiente periodo y a ningún otro.

Asimismo el artículo tres de la Ley 24-15 ordena la reunión de la Asamblea Nacional Revisora en los siguientes 15 días posteriores a la publicación de la presente ley.

Redacción

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