Luego de cuatro horas y 45 minutos de deliberación, los jueces de la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) variaron este sábado algunas de las medidas de coerción de presión preventiva impuestas por el magistrado Francisco Ortega, a los imputados en el caso de sobornos admitido por la empresa Odebrecht.
Sin embargo, los magistrados decidieron mantener la medida impuesta a los imputados Ángel Rondón Rijo, Víctor José Díaz Rúa y Alfredo Pacheco.
Rondón Rijo, por espacio de un año, a ser cumplido en la cárcel modelo de Najayo; Díaz Rúa, por espacio de nueve meses, a ser cumplidos en el mismo centro penitenciario; mientras que Alfredo Pacheco, una fianza ascendente a RD$5millones como garantía económica; e impedimento de salida del país.
Mientras que a siete de los imputados se les dictaron las siguientes medidas:
A Conrado Pittaluga Arzeno, se le estableció la correspondiente en el artículo 226 numeral sexto, del Código Procesal Penal, consistente en arresto domiciliario por nueve meses.
En tanto que a Juan Temístocles Montas, Radhamés Segura Andrés Bautista y Ruddy González, las medidas establecidas en el artículo 226 numerales primero y segundo, del Código Procesal Penal, consistentes en una fianza ascendente a RD$15 millones como garantía económica; e impedimento de salida del país, y la presentación periódica el primer lunes de cada mes ante la Procuraduría Especialidad en la Persecución Administrativa por espacio de nueve meses.
En tanto que a César Domingo Sánchez Torres se estableció la correspondiente en el artículo 226, numerales primero, segundo y cuarto, del Código Procesal Penal, consistentes en una fianza ascendente a RD$10 millones; e impedimento de salida del país, y la presentación periódica el primer lunes de cada mes ante la Procuraduría Especialidad en la Persecución Administrativa por espacio de nueve meses.
Igualmente, contra Máximo Leónidas D´Olio se le estableció la correspondiente al artículo 226, numerales primero y cuarto, del Código Procesal Penal, consistentes en una fianza ascendente a RD$5 millones; e impedimento de salida del país, y la presentación periódica el primer lunes de cada mes ante la Procuraduría Especialidad en la Persecución Administrativa por espacio de nueve meses.
Lectura dispositivo
Los cinco jueces de la Segunda Sala Penal se marcharon a deliberar a las 6:30 de la noche y regresaron con su veredicto a las 11:18 de la noche, cuatro horas y 48 minutos después.
Los jueces de manera unánime rechazaron la declaratoria de nulidad e inconstitucionalidad de la resolución número 0047-2017 dicta en fecha 7 de junio del 2017, por improcedente mal fundad y carente de base legal.
También, los magistrados rechazaron por unanimidad la declaratoria de inconstitucionalidad de los artículos 227, 229.3, 229.4 y 234 del Código Procesal Penal.
Igualmente, rechazaron por unanimidad la solicitud de extinción por prescripción por los motivos expuesto en el cuerpo de la decisión.
Asimismo, rechazaron por unanimidad la solicitud de la nulidad del arresto planteadas por el recurrente en parte anterior del presente fallo.
No obstante, declararon como buenos y válidos los recursos de apelación interpuestos por Ángel Rondón Rijo, Víctor José Díaz Rúa y Alfredo Pacheco, en cuanto a la forma, mientras que cuanto al fondo fue rechazado por mayoría de votos los referidos por las razones expuestas en el cuerpo de la presente decisión.
También, los magistrados declararon como buenos y válidos los recursos de apelación interpuestos por Juan Temistocles Montas, Radhamés Segura Andrés Bautista, Ruddy González, Conrado Pittaluga Arzeno, Máximo Leónidas de Óleo Ramírez y César Domingo Sánchez, mientras que en cuanto a la forma y el fondo acogió parcialmente los referidos recursos.
La decisión contiene los votos disidentes de las magistradas Miriam Germán Brito, presidenta, de manera íntegra; Esther Agelan Casasnova y Hiroito Reyes de manera parcial.
El pleno del tribunal integrado por los jueces, Miriam Germán Brito, presidenta, Frank Soto, Alejandro Moscoso Segarra, Hiroito Reyes y Esther Agelan Casasnova, tomó la decisión luego de que este sábado se desarrollara la fase de contestación y réplicas por parte del Ministerio Público y los abogados de los imputados.