Santo Domingo-.El senador oficialista Aristides Victoria Yeb sostuvo este lunes que el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), está sumergido en la más profunda crisis en la historia de esa organización, luego de conocerse las pretensiones de un grupo querer modificar la Constitución para establecer la reelección presidencial.
Dijo que los promotores de la reelección son los culpables de que el PLD esté viviendo esa situación de crisis profunda junto a sus aliados.
El legislador representante de la provincia María Trinidad Sánchez, entiende que lo más apropiado y saludable es retirar el proyecto, y recordó que eso está sucediendo por insensatez de sus promotores, debido a que todas las organizaciones de la sociedad civil y partidos políticos están en contra de esa intención.
Criticó que a casi un mes de presentar al Congreso y la ciudadanía esa pretensión, la situación siga igual, lo cual a su juicio debe servir de lección a los peledeístas.
Victoria Yeb sostuvo que la ley que ordena la modificación a la Constitución es orgánica y que para ser aprobada necesita de las dos terceras partes de los senadores, mientras que el congresista Rafael Calderón insiste en que es una ley simple y que solo necesita de la mitad más uno para ser sancionada.
En tanto que el experto en derecho constitucional, Eduardo Jorge Prats, ha rechazado que para reformar la Carta Magna se requiera las dos terceras partes de una de las cámaras legislativas para aprobar la ley que declara la necesidad de la reforma.
Prats aclaró que para la aprobación de esa ley solo se requiere una mayoría simple en cada una de las cámaras legislativas.
“Es una ley especial que se aprueba con mayoría ordinaria, pero que tiene la especialidad de que no puede ser observada, de que su iniciativa no puede partir de un legislador, sino de un tercio de los representantes de cada cámara y que tiene un contenido definido por la propia Constitución”, explicó.
Aseguró que el debate de que se necesita las dos terceras partes para sancionar la ley que declara la necesidad de la reforma se cae con el precedente que data desde la Constitución de 1966.
“Se ha tratado de traer por los cabellos de que se trata de una ley de procedimiento constitucional, pero es que la reforma constitucional no puede ser objeto de ley, la Constitución establece un proceso de reforma constitucional y una ley que declara la necesidad de la reforma”, apuntó.
El jurista afirmó que en la norma de 1966, el constituyente no establece una mayoría de dos terceras partes, ni de los presentes ni de la matrícula de las cámaras, sino que simplemente habla de que se aprobará una ley que declara la necesidad de la reforma.
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