PRM presenta modificaciones al proyecto busca declarar Estado de Emergencia

El bloque de diputados del  Partido Revolucionario Moderno (PRM),  anunció este martes que  presentará ante el hemiciclo varias modificaciones al proyecto de ley que deposito el Poder Ejecutivo, el cual busca autoriza al Presidente de la República  Danilo Medina,  declarar el Estado de Emergencia, a causa de las 15 provincias afectadas por las lluvias y las inundaciones.

En rueda de prensa, Alfredo Pachecho, vocero y  junto a los legisladores del bloque legislativo del PRM, precisó que las modificaciones a la pieza van a contribuir a mejorar el proyecto, ya que  según los diputados opositores, entiende que  a todas luces como esta y como lo aprobó el Senado de la República tiene algunos vistos de inconstitucionalidad y, que le faltan algunos elementos que los sustenten y sustancian.

Pacheco dijo que hemos vivido de manera descarnada las afectaciones de la zona norte y nordeste del país, productos de las precipitaciones que se han extendido por más de un mes por toda la nación, generando daños sustanciales a la productividad, Educación, Salud e infraestructuras.

El bloque del PRM propone agregar las siguientes modificaciones al proyecto que busca  declarar el Estado de Emergencia:

Agregar un considerando donde establece que el Estado de Emergencia, como Estado de Excepción, el cual estará vigente por el tiempo de seis meses, a partir de la promulgación de la presente ley, e igualmente el Gobierno deberá cumplir con las condiciones exigidas en el cuerpo de la presente ley.

También agregar un párrafo al artículo uno, que establezca que el Estado de Emergencia tendrá  el tiempo de seis meses, a partir de la promulgación de la presente ley;

Además, solicitan modificar el artículo 2 para que se lea: En el plazo de los 30 días a partir de la promulgación de la ley, el presidente de la República  deberá informar  la evaluación de los daños ocurridos  en las catorce  provincias del país, junto con la lista de las obras y servicios que serán ejecutados  para fines de reparación, construcción y reconstrucción, así como también las fuentes de estos recursos, con posterioridad a este primer  informe. El presidente deberá informa cada 60 días al Congreso Nacional sobre las disposiciones que haya tomado y la evolución de las reparaciones, contriciones y reconstrucciones realizadas para reparar los daños causados por las indicadas lluvias en las provincias antes mencionadas.

Igualmente, requieren agregar un párrafo al artículo dos: que establece que el presidente de la República conformará una comisión en las diferentes provincias donde se estén ejecutando las inversiones, en correspondencia con la presente ley,  integradas por el senador, diputados y los alcaldes de cada una de las demarcaciones afectadas, junto con los representantes del gobierno, en calidad de veedores en pos de la transparencia, con el objetivo de garantizar la efectividad e idoneidad de esta declaración de Emergencia.

Amaurys Florenzán

Agregar comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.