La Coalición para Defensa de la Áreas Protegidas a través de sus abogados, depositaron este lunes ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA) una demanda en nulidad del permiso ambiental número 3771-19, de fecha 14 de enero de 2020, donde se autoriza a la razón social proyecto Bayahibe, S.A., a construir 96 cabañas con casi 300 habitaciones en el Área Protegida Guaraguao-Punta Catuano.
La demanda es apoyada por las organizaciones como el Instituto de Abogados para la Protección del Medio Ambiente, Inc. (Insaproma), Grupo Jaragua, Inc. Asamblea Nacional Ambiental, Inc., Fundación Acción Verde, Inc., Inc. Soeci, Opetur, Inc, Somos Pueblo, Inc. Comité Nacional de Lucha Contra el Cambio Climático ( Cnlcc), y un grupo de personalidades,
Las entidades aseguran que el permiso ambiental emitido por Ángel Estévez, ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a favor de la razón social proyecto Bayahibe, S.A., es violatorio a la Ley de Medio Ambiental y de la Constitución de la República Dominicana.
Indicaron que Estévez autorizó la obra en la zona costero-marina del Parque Nacional del Este, bajo la dirección del empresario español José Hidalgo, dueño de la empresa Globalia.
La coalición por medio de sus organizaciones plantearon al TSA que el permiso emitido por el ministro de Medio Ambiente Ángel Estévez es ilegal, toda vez que en esa área protegida está prohibido la construcción de cualquier tipo de hotel, grupo de apartamentos o desarrollo inmobiliario como lo estipula la resolución número 0009/2018.
Los abogados de la Coalición, Euren Cuevas Medina, Arístides Trejo y Juan Frías Agramonte, resaltaron la importancia ecológica del área protegida, toda vez que es un lugar de anidamiento de varias especies de tortugas marinas en peligro de extinción.
Destacaron que la zona alberga 170 especies de aves, 26 especies de anfibios y reptiles, más de 200 especies de insectos (incluyendo 70 especies de mariposas), 7 especies de mamíferos y 5 de crustáceos, 530 especies de plantas incluyendo 50 endémicas, que sólo existen en la Hispanola.
Manifestaron los juristas que esa área protegida es la más visitada, alrededor de 500 mil personas la visitan y deja beneficios cerca de 200 millones de pesos por año al fisco, más que todas las otras áreas protegidas juntas.
Además de ello, esa masa de bosque es una reserva natural de agua para el consumo de habitantes y turistas, pero por si fuera poco, está en la «lista tentativa» de la Unesco para ser declarada «Patrimonio de la Humanidad».
Para sustentar sus argumentos, la Coalición para la Defensa de la Áreas Protegidas, depositó como pruebas legales de la violación, el permiso ambiental número 3771-19.
También, la resolución número 0009/2018 de fecha 21 del mes de marzo de 2018, que establece sobre los objetivos y usos permitidos en la categoría de manejo VI: Paisajes Protegidos, Comunicación OAI-RE-20-007, de fecha 14 de enero del año 2020, emitida por la Oficina de Acceso a la Información Pública (OAI), del Ministerio de Medio Ambiente.
Asimismo, la coalición ofreció una memoria de 16 GB, fotografías que muestran la destrucción del lugar, videos, así como un informe de la Academia de Ciencia de la República Dominicana, que explica la importancia ecológica del área protegida
El petitorio que hace la coalición de las áreas protegidas al TSA, es declarar nulo por exceso de poder, desviación e ilegalidad de la disposición del permiso ambiental número 3771-19, de fecha 14 de enero de 2020, emitido por Ángel Estévez, ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales, donde se autoriza a la razón social proyecto Bayahibe, S.A.
Agregó que el ministro Estévez autorizó el proyecto Bayahibe, S.A; representado por Francisco José Pérez Méndez, a construir y operar dentro del área protegida Guaraguao-Punta Catuano, colindante con el Parque Nacional Cotubanama, antes denominado Parque Nacional del Este.
La autorización de Medio Ambiente otorga el permiso para construir 96 cabañas, con casi 300 habitaciones, ubicadas en el distrito municipal de Bayahibe, municipio San Rafael del Yuna, provincia La Altagracia, dentro del ámbito de la parcela número 24-A, Distrito Catastral No.10/2.
Asimismo, sometieron conjuntamente con el recurso contencioso administrativo, una medida cautelar de urgencia, mediante la cual se solicita ordenar la detención inmediata de todos los trabajos de construcción, movimiento de tierras, apertura de trochas y cualquier otra actividad relacionada con el desarrollo del proyecto Leaf Bayahibe propiedad de la empresa Proyecto Bayahibe, S.A.,
Igualmente, solicitaron suspender los efectos del permiso ambiental número 3771-19 de fecha 14 de enero del 2020 hasta tanto sea conocido y fallado el recurso contencioso administrativo que conocerá del fondo de la nulidad de este acto administrativo y del que esta apoderado este Tribunal Superior Administrativo (TSA).
Los juristas solicitaron, además, Ordenar la ejecución de la sentencia a intervenir sobre minuta, así como condenar a las accionadas del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y proyecto Bayahibe, s.a., al pago de un astreinte de RD$100 mil por cada día que transcurra sin que se ejecute la sentencia y se mantengan las actividades de construcción.
También, el movimiento de tierras y cualquier otra actividad relacionada con el desarrollo del proyecto Leaf Bayahibe.