Ex procurador jean Alain Rodríguez. Foto captura de TV.

Defensa de Jean Alain denuncia parcialidad y objeta jueces del Cuarto Tribunal Colegiado

DECLARACIÓN DEFENSA JEAN ALAIN

Santo Domingo, R. D. – Durante una rueda de prensa, el Consejo de Defensa del ex procurador Jean Alain Rodríguez presentó las principales causas y faltas graves que justifican el cambio de tribunal solicitado el pasado 29 de enero a través de una recusación formal contra los magistrados Keyla Pérez Santana, Elías Santini Perera y Arisleyda Méndez Bautista, integrantes del Cuarto Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Distrito Nacional, el cual fuera además ilegalmente designado, de forma directa y sin un proceso de selección aleatoria, para conocer el juicio de fondo.

Los abogados presentaron más de 20 pruebas escritas y audiovisuales de las faltas graves que obligan al inmediato cambio de Tribunal, lo cual será decidido en los próximos días por la Corte de Apelación del Distrito Nacional.

Iniciaron demostrando que a la prensa les fue prohibido el acceso a las audiencias con cámaras y grabadoras, sin nadie solicitarlo, violando el derecho a un juicio público y que a los abogados les fue impedido presentar la propia recusación de forma oral, como lo ordena la ley a los jueces, evidenciándose el interés de estos jueces de ocultar la forma, arbitraria y poco transparente, con la que estaban desarrollando las audiencias.

Continuaron presentando la falta grave cometida por la recusada jueza Keyla Pérez Santana al fijar fecha y día de las audiencias del juicio, consciente y a sabiendas de que varias de las partes no habían sido ni tan siquiera notificadas del Auto de Apertura al juicio del cual debían defenderse. Por igual fue evidenciado que la misma Jueza pretendía iniciar el Juicio sin contar con todas las pruebas de la defensa en su poder, violando el artículo 305 del código procesal, comprobándose así que las pruebas de la defensa no resultaban de su interés.

Igual o aún más grave, fue evidenciado que la recusada Jueza Keyla Pérez Santana ordenó directamente y por escrito al ciudadano Jean Alain Rodríguez y sus compañías depositar diversos documentos en un plazo de 5 días y una vez depositados dentro de ese plazo, decidió desconocer su propio mandato y rechazar recibirlos, de forma arbitraria y sin ninguna base legal, esto así al ver que los documentos contenían 20 incidentes que anulaban por completo el proceso penal, para que estos no fueran presentados ni discutidos en audiencia pública.

Asimismo fueron presentadas en detalle las pruebas de que estos jueces y la Secretaria del Tribunal cometieron falsedad intelectual, alterando, manipulando y falseando el contenido del acta de audiencia de fecha 11 de octubre de 2024, que por demás se negaban a entregar, mintiendo respecto a las verdaderas causas del aplazamiento de la audiencia convocada por ellos para el 4 de noviembre 2024, que era día festivo, plasmando de forma falsa que convocaron para el 5 de noviembre, fecha en la cual efectivamente trataron de celebrar la audiencia, sin convocar las partes, ocultando sus errores, pero mas grave aún, señalando que dicho reenvío, que costó casi 3 meses al proceso, había sido ocasionado por las defensas. Esto fue demostrado con los audios de la audiencia que prueban la verdad y el delito de falsedad intelectual de estos jueces y secretaria del Tribunal.

Los abogados también presentaron y entregaron la resolución N° 941-2024-SRES-00095 en cual se evidenció que la Jueza Keyla Pérez Santana condicionó la variación de una medida de arresto domiciliario a un imputado, a la existencia de acuerdos o colaboración con la Procuraduría, infiriendo que solo de esa forma sería liberado, sin ser esa una causa de mantenimiento de una medida de coerción y un hecho que además de mostrar la falta de independencia y parcialidad prohibida, constituye una violación al Código de Comportamiento Ético del Poder Judicial.

Con el mismo alto nivel de gravedad, fueron presentadas y entregadas diversas pruebas que demostraban más allá de toda duda que estos Jueces habían cometido el delito de prevaricación al irrumpir audiencia de otro Tribunal para intimidar jueces, bajo falsa calidad de “Víctima”, con la teoría de espionaje de un imputado que reside en el mismo domicilio que el recusante Jean Alain Rodríguez. Por último, fue evidenciada la enemistad capital que persiste entre el Dr. Carlos Balcácer y el Juez Elías Santini Perera, por casos legales previos llevados en su contra y en contra de su familia, lo que le impide a ese Juez conocer cualquier caso que represente el Dr. Carlos Balcácer, conforme lo establece el Código Procesal Penal.

Nuestro representado lleva casi 4 años arbitrariamente privado de libertad, sin ninguna justificación, y el juicio debe ser desarrollado por jueces imparciales y objetivos. Este reclamo, no solo busca justicia para los implicados, sino también proteger la confianza pública en la integridad del sistema judicial dominicano, señalaron el Dr. Carlos Balcácer y los licenciados Gustavo Biaggi y Nelys Rivas.

El Motín

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