De derecha a izquierda, los jueces titulares del TSE, José Hernández Peguero, Mabel Feliz Báez,Mariano Rodríguez, Marino Mendoza y John Guiliani Valenzuela

Tribunal declara inadmisible recurso cuestionaba candidatura de Danilo Medina

Santo Domingo.-Los jueces del Tribunal Superior Electoral (TSE) rechazaron en la tarde de este lunes un recurso de amparo interpuesto por el abogado y dirigente del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Hipólito Polanco Pérez, con el que procuraba anular la candidatura presidencial de Danilo Medina para los comicios del 2016.

 

Según expreso en el juicio el demandante, la proclamación de la candidatura  “única” del presidente, sin la realización de una primaria, afectaba sus aspiraciones a competir en igualdad de condiciones por esa misma posición, indicando que la decisión del PLD es violatoria a los Estatutos del partido y la Constitución de la República.

 

El tribunal también rechazo  la excepción de inconstitucionalidad planteada por el accionante Polanco Pérez del artículo 17, literal “g” de los Estatutos del PLD, luego de que el tribunal determinara que el mismo no es contrario a la Constitución de la República.

 

En el fallo, los jueces acogieron el medio de inadmisión planteado por la barra de la defensa del PLD,  integrada por los juristas Manuel Fermín Cabral y Mario Leslie Soto, en representación de Leonel Fernández Reyna, Reinaldo Pared Pérez, Félix Bautista, Danilo Medina y los comités Central y Político de esa organización.

 

Los jueces establecieron que la demanda es “notoriamente improcedente”, de conformidad con lo que establece la Ley 137-11, Orgánica del Tribunal

Constitucional y los Procedimientos Constitucionales, toda vez que el accionante no ostenta la titularidad de precandidato a la Presidencia de la República por dicho partido.

 

En su dictamen, los jueces tomaron en consideración el pedimento de la parte demanda que alegó que Polanco Pérez nunca fue candidato, por lo por no haber sido propuesto por el Comité Central del partido en la reunión celebrada en fecha 18 de julio del presente año, que este se proponía anular con esa instancia.

 

El abogado alego frente a los jueces que “No se puede pretender proclamar candidato único a ningún compañero, sin previamente haber hecho una convención cuando existen otros compañeros que están buscando la nominación presidencial y que yo llevaba tres años recorriendo todo el país promoviendo mi candidatura, si que nadie se opusiera”.

 

La acción de amparo rechazada en la tarde de hoy fue dirigida contra Medina, el comité central del PLD, el expresidente Leonel Fernández, quien encabeza la organización oficialista; Reinaldo Pared Pérez, secretario general y el senador Félix Bautista, secretario de organización.

 

En la audiencia, comité central del PLD se hizo representar por el abogado Manuel Fermín Cabral, mientras que el demandante asumió su propia defensa.

 

Redacción

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