Tribunal Constitucional se reserva fallo sobre el aborto

Santo Domingo.-El Tribunal Constitucional (TC), se reservó el fallo de tres acciones de inconstitucionalidad sobre los artículos 107,108,109 y 110 de la Ley 550-14 que establece el Código Penal de la República Dominicana, referente al aborto y derechos de concepción de la mujer.

Once organizaciones que defienden los derechos de la mujer, establecidos en la Carta Magna, expresan que si se declararan inconstitucional las excepciones al aborto, el país retrocederá 134 años, mientras representantes de la Iglesia Católica califican de “bochornoso” y advierte a los magistrados “no pueden ellos violar la Constitución”.

Sobre el tema, el padre Manuel Ruiz, representante de la Iglesia Católica, dijo que el TC, calificó como “ un atropello”  lo debatido en la Segunda Sala de Apelación, porque ya el tema del aborto fue discutido en el Congreso Nacional.

El religioso, al referirse al contenido del código, advirtió que si se aprueba así tendremos que cerrar el país, porque la institucionalidad se irá por la borda, y en vez, de dos cámaras legislativas, debíamos tener solo una”.

Ruiz planteo que si “ la Constitución se vota para luego irrespetarla vamos a eliminarla, de modo, pues, que aquí lo que se está discutiendo es sobre el Código Penal Dominicano, la manera, el fondo de cómo se está violando la Constitución de la República de una manera bochornosa”.

“Ahora si no existiera esa constitución habláramos de otra cosa, pero en este momento la Constitución protege la vida desde la concepción hasta la muerte, pero no dice que sea solo al bebe por nacer, esta la mujer incluida, el anciano”, recalcó.

Mientras que Sergia Galván, de la Coalación por los derechos y vida de la Mujer, representando 11 organizaciones no gubernamentales, dijo que si el TC declara inconstitucional las excepciones al aborto, estaría haciendo retroceder al país 134 años y violentando los derechos protegidos en la Constitución, en lo que respecta al derecho a la vida, salud,integridad humana, intimidad, a la libertad, igualdad y la no discriminación.

Las instituciones Fundación Justicia y Transparencia  (FTJ) presentó un recurso de inconstitucionalidad sobre los artículos 107,109 y 110 de la ley 550-14, que establece el Código Penal;  igual lo hizo la Fundación Transparencia y Democracia.

Otra entidad que presentó recurso ante el Tribunal Constitucional fue la Fundación Matrimonio Feliz, especialmente a los artículos 107, en cuanto a la expresión: “salvo lo dispuesto en el artículo 110”, citado en dicho código.

Tanto el Senado de la República como la Cámara de Diputados, representadas por sus respectivos abogados, ratificaron que “no se violaron textos constitucionales al aprobar la Ley 550-14. Plantearon al TC fusionar los tres recursos o acción de inconstitucionales interpuestas por las tres entidades.

En el caso de la Fundación Justicia y Transparencia “carece de la titularidad jurídica”, mientras que la Procuraduría General de la República, representada por el procurador adjunto Ricardo José Taveras Cepeda, también pidió al tribunal declarar la inadmisibilidad de los citados recursos, por improcedente, mal fundada, falta de legitimidad y carecer de calidad jurídica”.

El presidente del TC, Milton Ray Guevara, otorgó un plazo de tres días a las partes para los escritos de replicas, “vencidos estos plazos el tribunal estará en estado de fallo”.

Redacción

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