Tribunal Constitucional declara inadmisible acción de militares constitucionalistas

El Tribunal Constitucional declaró inadmisible una acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por la Fundación de Militares Constitucionalistas contra los decretos números 236-10 y 237-10, emitidos el 22 de abril de 2010, que reintegran de inmediato a los militares y policías que fueron dejados fuera de sus instituciones.

Además, ascendidos y puestos en retiro con disfrute de pensión, por haber participado en la Revolución del 24 de abril de 1965.

El TC no admitió la acción por considerar que los actos impugnados no son de carácter normativo y alcance general, sino de decretos dictados por el Poder Ejecutivo dentro de sus facultades constitucionales y con efectos particulares y concretos.

La acción de inconstitucionalidad fue presentada por la Fundación de Militares Constitucionalistas el 16 de junio de 2016. La entidad interpuso la instancia con la finalidad de que el TC supla las omisiones de los decretos atacados.

Solicitaron mediante esa instancia que a los militares y policías constitucionalistas se les conceda el rango que hubiesen alcanzado, de haber cumplido los gobiernos en los últimos cincuenta y un año, con las disposiciones de reintegración contenidas en el artículo 8 del Acta de Reconciliación Dominicana, de fecha 31 de agosto de 1965, y en la Ley 21, de fecha 27 de septiembre de 1965, promulgada por el entonces Presidente de la Republica, Dr. Héctor García Godoy Cáceres.

Igualmente, pidieron al TC que se corrija la omisión que contienen los decretos atacados, y se ordene la reintegración, ascenso y puesta en retiro, con todas sus calidades, atributos y derechos adquiridos.

Redacción

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