TC deja en estado de fallo diez expedientes y recursos sobre voto preferencial

Los miembros del Tribunal Constitucional dejaron este viernes en estado de fallo 10 expedientes o recursos, entre ellos uno  de inconstitucionalidad incoado por la Fuerza Nacional Progresista contra el artículo 2 de la Ley 157-13, que establece el sistema de arrastre y voto indirecto en la elección de los senadores, por considerarlo violatorio a los artículos 77 y 208 de la Constitución de la República.

Durante la audiencia, el presidente del TC, Milton Ray Guevara dio plazo al  Partido Fuerza Nacional Progresista (FNP) para el depósito de documentos.

El  artículo 2 de la Ley 15713,  establece el voto preferencial para la elección de diputados y diputadas al Congreso Nacional, regidores y regidoras de los municipios y vocales de los distritos municipales.

Castillo Seman, dijo al presidente del TC, y demás magistrados que “La Constitución de la República es muy clara en cuanto a que la elección de los senadores se hará por sufragio universal directo en los términos que establezca la ley, por lo que el párrafo del artículo 2 de la Ley 157-13 no puede establecer un voto indirecto para la elección de los senadores, cuando prevé que el voto emitido a favor del diputado arrastra al senador, a quien se le computa por vía indirecta ese sufragio”, destaco.

“Espero que el Tribunal Constitucional acoja nuestro recurso, haciendo prevalecer la supremacía de la Constitución y protegiendo los derechos del elector, que en muchos casos se ve impedido de votar por un candidato a senador de su preferencia porque ha marcado la boleta en la candidatura a diputado por otro partido.

Reitera que no es justo que una persona se vea obligada a votar por un candidato que no es de su agrado, por lo que confía en el fallo que emitirá el TC , ya que las elecciones están pautadas para mayo del 2020, y en la parte congresional debe consignar boletas separadas, una para los candidatos a diputados y otra para los candidatos a senadores.

 “Exhortamos a todos los partidos, personalidades de la vida pública y organizaciones de la sociedad civil que estén de acuerdo con nuestro recurso de inconstitucionalidad, a que intervengan en el mismo en apoyo a que el párrafo del Artículo 2 de la Ley 157-13 sea declarado no conforme con la Constitución, fortaleciendo así el sistema democrático de la República Dominicana”, concluyó Castillo Semán.

Redacción

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