Cristina Lizardo, presidenta del Senado

Somete proyecto crea los distritos judiciales de SDE, SDN y SDO

La presidenta del Senado, Cristina Lizardo, sometió este lunes a la Cámara Alta un proyecto de ley que crea los distritos judiciales de Santo Domingo Este, Norte y Oeste, con el propósito de ampliar y ventilar los conflictos para preservar el derecho de la sana convivencia.

Lizardo considera que en la provincia de Santo Domingo se ha incrementado los conflictos de carácter social y económico debido a su crecimiento desproporcional.

También entiende que el desarrollo de la provincia exige mayores servicios, tanto de la sociedad civil como del Estado, por lo que se hacen necesaria las instalaciones de nuevas instancias judiciales que permitan ventilar los conflictos para preservar el derecho de la sana convivencia.

Además, la presidente del Senado entiende que es   necesario la división en tres Distritos Judiciales de la Provincia de Santo Domingo, para crear nuevas instancias judiciales que permitan el conocimiento de las violaciones a las disposiciones legales que se produzcan y las decisiones en forma ágil.

El proyecto modifica el literal b) del artículo 3 de La Ley No. 141-02 que Crea la Corte de Apelación de Santo Domingo y varios Tribunales en las Provincias Santiago y Santo Domingo; del 04 de septiembre del 2002, que modificó el artículo 1 de la Ley 50-00, del 26 de julio del 2000, que a su vez modifico 1os literales a) y b) del párrafo 1, del artículo 1 de la Ley No.248, del 17 de enero de 1981, que a su vez modificó, la Ley de Organización Judicial No.821, del 21 de noviembre de 1927

b) En el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo Este, habrá una cámara civil y Comercial, de trabajo, una cámara penal y un juzgado de instrucción, compuestas por hasta dieciséis (16) jueces cada una, quienes serán apoderados en la forma establecida en esta ley, y conocerán, de manera unipersonal, de los expedientes que sean sometidos a su conocimiento y decisión.

Este Distrito Judicial queda integrado por el municipio Santo Domingo Este, el distrito municipal San Luis y sus secciones y parajes; el municipio Boca Chica y el distrito municipal La Caleta, con sus secciones y parajes; el municipio San Antonio de Guerra y el distrito municipal Hato Viejo con sus secciones y parajes.

b.1)   En el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo Norte, habrá una cámara civil y Comercial, de trabajo, una cámara penal y un juzgado de instrucción, compuestas por hasta dieciséis (16) jueces cada una, quienes serán apoderados en la forma establecida en esta ley, y conocerán, de manera unipersonal, de los expedientes que sean sometidos a su conocimiento y decisión. Este Distrito Judicial queda integrado por el municipio Santo Domingo Norte y el distrito municipal La Victoria, con sus secciones y parajes.

b.2)   En el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo Oeste, habrá una cámara civil y Comercial, de trabajo, una cámara penal y un juzgado de instrucción, compuestas por hasta dieciséis (16) jueces cada una, quienes serán apoderados en la forma establecida en esta ley, y conocerán, de manera unipersonal, de los expedientes que sean sometidos a su conocimiento y decisión.

Este Distrito Judicial queda integrado por el municipio Santo Domingo Oeste; por el municipio Los Alcarrizos y los distritos municipales Palmarejo-Villa Linda y Pantoja con sus secciones y parajes; y por el municipio Pedro Brand con sus distritos municipales La Guáyiga y La Cuaba con sus secciones y parajes.

En su artículo 4, se identifican los s fondos para la ejecución de esta ley provendrán de los recursos económicos asignados a la Suprema Corte de Justicia en el Presupuesto General del Estado.

Mientras que el artículo 5, señala que para la ejecución de la ley. El Consejo del Poder Judicial, la Suprema Corte de Justicia y el Ministerio Público quedan encargados de tomar las medidas correspondientes en lo relativo a la instalación y funcionamiento de los distritos

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Amaurys Florenzán

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