Serulle somete proyecto de ley para Garantizar el Derecho a Réplica

La Cámara de Diputados fue apoderada del proyecto de ley que Garantiza el Derecho a Réplica y Rectificaciones a las personas ante informaciones falsas  o inexactas, difundidas en su contra en los medios de comunicación y redes sociales.
La iniciativa de la autoría del representante por el Distrito Nacional por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD)  por Elías Serulle.
Mediante una nota de prensa, Serulle explicó que ante los frecuentes pronunciamientos en los medios de comunicación  y redes sociales de personas  que diariamente  utilizan estas plataformas informativas  para lesionar con epítetos imprudentes e impublicables, la honra de ciudadanos, con  falsas informaciones.
Consideró que esta práctica debe acabar, ya  de manera particular  toda persona que esta afectada por la difusión de una información errónea, distorsionada o ambigua le asiste el derecho a exigir su aclaración por el medio y bajo las condiciones en que haya sido divulgada, sin perjuicio de los demás derechos compensatorios.
“Creemos  además que  es ético  evitar  que quienes disponen de estos  medios no continúen afectando el derecho de réplica,  mediante la manipulación de la opinión pública, entre otros”, apuntó.
En tal sentido, el congresista se refirió al artículo ocho,  sobre la  crítica periodista,  que será sujeta  al derecho de réplica en los términos previstos en  la ley, siempre y cuando las informaciones divulgadas sean falsas o inexactas  las cuales  causen agravio a persona  en su honor ,  en su imagen pública,  en lo económico y en  su vida privada.
También hizo referencia sobre el párrafo cuatro, que  los partidos políticos, los precandidatos y candidatos a puestos electivos por el voto popular, los cuales estén registrados debidamente ante las instancias electorales, podrán ejercer su derecho de réplica con respecto a la información inexacta que difundan los medios de comunicación estarán sujeto bajo los términos dispuesto por la ley.
En otro orden Serulle dijo que las agencias publicitarias de noticias, los productores independientes y cualquier otro emisor de información es responsable del contenido original y serán sujetos a cumplir con los términos y obligaciones de la ley, garantizando el derecho de las personas a replica a través de los espacios propios o donde sean publicados o transmitidos por terceros.
También, se le ordena a que la publicación y trasmisión deberá publicarse o formularse en base al ejercicio del derecho por los sujetos, obligándolos que esta sea de manera gratuita.
Establece que las agencias que emitieron información falsa deberán difundir por sus medios a sus suscriptores la rectificación o respuesta que realice la persona legitimada en un plazo  máximo de 24 horas,  a partir de la fecha en que proceda la solicitud de réplica.
En cuanto a los procedimientos judiciales que esta conlleva, se admitirá toda clase de pruebas, salvo las que sean contrarias a derechos, se sancionará con una multa de 30 meses  o ha ciento ochenta meses 180, de salario mínimo al sujeto obligado que no realice la notificación al particular bajo los términos suscrito en el artículo 13 de la ley.
También se sancionara  de igual forma,  al sujeto con 30 meses de salario mínimo   de  negarse a pública o transmitir la réplica sin que justifique su decisión conforme al artículo 22 de la citada ley.

Redacción

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