Senado conocerán en enero observación al Código Penal

El presidente de la Comisión de Justicia del Senado, Aristy Victoria Yeb, expresó que ese órgano legislativo se abocará a conocer en los primeros días del próximo año 2017 las observaciones hechas por el Poder Ejecutivo al Código Procesal Penal sobre el tema del aborto.

Victoria Yeb afirmó que una vez se reinicien los trabajos de la actual legislatura estudiaremos las observaciones, mientras que no quiso emitir juicio personal sobre la decisión del Poder Ejecutivo y anotó que corresponderá al pleno del Senado tomar la decisión final sobre el tema de penalizar o no el aborto.

Apuntó que espera que el pleno del Senado sea apoderado de las observaciones, y favoreció un diálogo entre los sectores que favorecen o no la penalización del aborto, “porque es un tema muy espinoso”.

Dijo que es un derecho constitucional que tiene el presidente Danilo Medina de observar las leyes: “En la República Dominicana el Presidente tiene dos opciones, promulgar las leyes o las observas, es un derecho que tiene y él la observó”, añadíó

Advirtió que el tema del aborto, además del Senado, será ventilado en otra instancia, porque cualquiera que sea la decisión del Congreso Nacional, el tema llegará al Tribunal Constitucional.

Expuso que el Jefe del Estado no ha despenalizado el aborto, y adujo que el aborto está penalizado, “lo que él (Danilo Medina) plantea es una posición coherente. Él plantea excepciones e incluso es más amplio que la observación del 2014, porque ahora exige un protocolo de Salud Pública”.

Adujo que dentro de las condiciones especiales, se pone una denuncia o conocimiento de las autoridades, si es violación o incesto y se incluye doce semanas, argumentos que no estaban en la observación anterior.

Prudentes y sensibles

Las observaciones hecha por el presidente Medina al tema del aborto establecido en el Código Penal fueron prudentes y sensibles a juicio del senador por Azua, Rafael Calderón.

Entiende que eso refleja el grado de sensibilidad del jefe del Estado, que no sólo está pensado en lo que se ve superficial, sino en el malestar psíquico, que puede producir un embarazo indeseado a la mujer, a la familia y a todo su entorno.

Indicó que ciertamente el artículo 37 de la Constitución establece que no se puede violar la vida de nadie, desde la concepción hasta la muerte.

Sin embargo, expresó que el artículo 42 de la Carta Magna, en sus numerales uno y tres, deja la posibilidad real de buscar los argumentos y sustentación de esas modificaciones, que no más que de especificar de manera clara que excepcionalmente en caso de incesto, estupro y de violación de mujer, la mujer tiene la opción de una interrupción del embarazo.

“Creo que los legisladores debimos reflexionar más, madurar más ese tema y someterlo a una discusión más rigurosa, más profunda y acabada”, apuntó.

Amaurys Florenzán

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