La Procuraduría Especializada para la Defensa del Medio Ambiente y los Recursos Naturales (Proedemaren) ocupó decenas de equipos de amplificación de sonido y otros artículos, en un reciente operativo contra la contaminación sónica que realizó en diversos sectores del Gran Santo Domingo.
El recorrido incluyó los sectores El Caliche de Cristo Rey, la Puya de Arrollo Hondo, Villas Agrícolas, Ensanche Luperón, todos en el Distrito Nacional, así como el Ensanche Ozama, de Santo Domingo Este.
Las autoridades inspeccionaron, entre otros, los negocios identificados como D’ Tío Sport Bar, Roselía Bar y Lounge, Colmado Ángela, Colmado Guillermo el Baratón, La Santa Lounge, París, Kardaf Car Services Place y Dir Harm Bar and Grill.
Un comunicado de prensa detalla que la Proedemaren ocupó 46 cajones con bocinas y otros dispositivos de amplificación de sonido, 28 hookahs y dos máquinas tragamonedas. Además, citó a cada uno de los propietarios para que se presenten en la sede de esta procuraduría especializada, para los fines legales correspondientes.
La acción, encabezada por el magistrado Francisco Contreras Núñez, titular de esa entidad adscrita a la Procuraduría General de la República, se llevó a cabo en cumplimiento con la Ley 64-00, sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales, y con la Ley 287-04, modificada por la 90-19, sobre Prevención, Supresión y Limitación de Ruidos Nocivos y Molestos que Producen Contaminación Sonora.
El operativo contó con el apoyo del Departamento Antirruido de la Policía Nacional, dirigido por el coronel Manuel Isaac José Polanco. Además, participaron los magistrados Rudy Pérez Medrano y Héctor Peralta.
La Proedemaren reveló que los propietarios y administradores de muchos de estos negocios han sido reincidentes, por lo que la institución procederá a solicitar órdenes judiciales para clausuras, secuestro de equipos y cierres temporales o definitivos, según amerite cada caso.
El magistrado Contreras explicó que las consecuencias por reincidencia en la violación a las citadas leyes van desde tres hasta 30 salarios mínimos y prisión desde uno a tres años. Asimismo, que incluye la clausura del negocio de forma definitiva o por período de 30 a 180 días, según el caso.
Resaltó, además, que la misma Ley 90-19, en su artículo 8-2 establece que cualquier persona, grupo de personas, entidad pública o privada puede querellarse y denunciar la violación a esa normativa.
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