Medina promulga Ley 17-19 para la Erradicación del Comercio Ilícito

El presidente Danilo Medina promulgó este miércoles la Ley para la Erradicación del Comercio Ilícito, Contrabando y la Falsificación de Medicamentos, Hidrocarburos, Alcohol, Tabaco y sus Derivados.

La información la dio a conocer el portavoz del Gobierno y director general de Comunicación, Roberto Rodríguez Marchena, a través de su cuenta de la red social Twitter.

La iniciativa, de la autoría de los senadores Charles Mariotti Tapia y José Ignacio Paliza, fue aprobada el pasado sábado por el Senado, la ley tipifica los delitos de comercio ilícito, la falsificación, el contrabando de productos regulados y establece sanciones administrativas y penales.

En la primera lectura, 143 diputados votaron a favor del proyecto y siete votaron en contra, mientras que en la segunda lectura 143 votaron positivos y ocho lo hicieron negativo.

En su artículo 2, el referido proyecto establece que los medicamentos, los hidrocarburos, el alcohol, tabaco y sus derivados son productos regulados por esa normativa.

En tanto que el artículo 3, la ley dice que sería de aplicación en todo el territorio nacional, a todas las personas físicas y jurídicas, incluyendo las actividades realizadas en zonas francas y centros logísticos.

Igualmente, el artículo 4 indica que las autoridades dominicanas competentes tienen jurisdicción para actuar cuando:

1) El delito se cometa a bordo de una embarcación que enarbole el pabellón dominicano o aeronave localizada en un aeropuerto o aeródromo del territorio dominicano.
2) El delito se cometa por uno de los nacionales de una embarcación que enarbole el pabellón dominicano, o por una persona que tenga residencia habitual en el territorio del buque que enarbole el pabellón dominicano.
3) El delito se cometa a través de cualquier medio por vía terrestre.

Mientra que el párrafo de dicho artículo instruye que no serán objeto de decomiso las embarcaciones, aeronaves y unidad de transporte de uso internacional para fines comerciales, conforme con las convenciones internacionales correspondientes, excepto en caso de complicidad comprobada

 

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Redacción