Jueces Casasnovas y Reyes defienden fallo de Francisco Ortega en caso Odebrecht

La Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia concluyó este miércoles con la lectura íntegra de la sentencia que varió la medida de coerción a siete de los encartados del caso Odebrecht que guardaban prisión en la cárcel de Najayo hombres en la provincia de San Cristóbal.

El tribunal, encabezado por la magistrada Miriam Germán Brito, dio por concluida esta fase del proceso luego de cinco horas de lectura consecutiva del fallo.

Durante la lectura de la sentencia realizada por la secretaria del trinunal, se destacó los votos disidentes de los magistrados Esther Agelán Casasnovas y Horihito Reyes, quienes consideraron la prisión de todos los imputados por existir peligro de fuga.

En su motivación, el juez Reyes explicó que el peligro de fuga y posibilidad de destruir pruebas no es absoluto: “El peligro de fuga se encuentra latente y no puede descartarse de plano”.

Sin embargo, Esther Agelán Casasnovas e Hirohito Reyes coincidieron que el Juez de la Instrucción Especial de la SCJ, Francisco Ortega, actuó conforme a derecho.

Al término de la lectura fueron presentadas las motivaciones del voto disidente de la magistrada Esther Agelán Casasnovas, magistrado Hirohito Reyes, quien votó de forma parcial y de la presidenta del tribunal, Miriam Germán Brito.

La juesa Esther Agelán Casasnovas expresó que las delaciones constituyen elementos de pruebas requeridas para la prisión preventiva durante la investigación.

Afirmó que siendo coherente a la luz del caso concreto: “El tecnicismo Procesal es un derrotero en el proceso penal. Resulta esencial analizar el Caso con racionalidad el peligro de fuga que señala el legislador; qué elementos facticos existen en el expediente para imponer las citadas medidas de coerción y qué relación existe entre estado de Inocencia y cautelar en el presente caso”.

Casasnovas expuso: “El tecnicismo no debió arrastrar este proceso”.

A la lectura de la resolución judicial estuvieron presentes los imputados Andrés Bautista, presidente del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Alfredo Pacheco, diputado del Distrito Nacional por ese partido y el exadministrador de la Corporación de Empresas Eléctricas (CDEE) César Sánchez.

El fallo ratifica en todas sus partes las medidas preventivas aplicadas a 13 de 14 imputados por recibir supuestos soboernos de la Odebrecht, en la acusación que hiciera el Procurador General de la República, Jean Alain Rodríguez.

Mediante la citada sentencia, la presidenta del tribunal, la jueza Mirian Germán Brito, dispuso libertad bajo fianza de los implicados Temístocles Montás, Ruddy González, Radhamés Segura, Andrés Bautista, Máximo D´Oleo Ramírez y César Sánchez.

Mientras que al abogado notario Conrado Pittaluga Arzeno, arresto domiciliario por nueve meses; dicha sentencia establece que Juan Temistocles Montas, Ruddy Gonzalez, Andres Bautista García, y Radhamés Segura durante nueve meses deberán presentarse periódicamente el primer lunes de cada mes por ante la Procuraduría Especializada contra la Corrupción (Pepca), por espacio de nueve meses y pagar una fianza de 15 millones de pesos como garantía económica e impedimento de salida del país.

A Cesar Sánchez le fue impuesta las medidas establecidas en el artículo 226 del Código Procesal Penal, consistente en el pago de 10 millones de pesos como garantía económica, impedimento de salida del país y presentación periódica primer lunes de cada mes por ante el Pepca.

A Máximo Ramírez D´Oleo Ramírez, el tribunal le impuso las medidas establecidas en el artículo 226 del Código Procesal Penal, numerales primero, segundo y cuarto, consistentes en una fianza por cinco millones pesos como garantía económica, impedimento de salida y presentación periódica el primer lunes de cada mes ante el Pepca.

En tanto que rechazó los recursos de apelación interpuestos por Ángel Rondón Rijo, Víctor Díaz Rúa y Alfredo Pacheco, y en consecuencia confirma las medidas de coerción impuestas las cuales serán revisadas cada tres meses.

Redacción