SANTO DOMINGO – El proceso judicial que afecta a la empresa Comercial Payán tiene como antecedente directo una alegada condena de RD$3.5 millones contra el querellante Juan Abraham Frías Paulino, dictada en enero de 2025 tras determinarse que incurrió en un uso abusivo de las vías de derecho. La sentencia fue el resultado de una serie de embargos y oposiciones trabadas contra las cuentas de la sociedad y sus administradores sin contar con los títulos legales requeridos. Según nota de prensa enviada a este periódico digital.
Mediante la Sentencia Núm. 549 – 2025 – SSEN – 00031 de fecha 8 de enero de 2025, dictada por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo, este tribunal estableció textualmente sobre el querellante Juan Abraham Frías Paulino, lo siguiente: _“la parte demandada actuó con ligereza censurable (falta), al trabar sucesivos embargos retentivos contra los demandantes, no obstante las ordenanzas del juez de los referimientos que ordenaba el levantamiento de los embargos retentivos lo que evidencia un uso contrario al espíritu del derecho ejercido por parte de los demandados”.
Asimismo, la sentencia agrega: “colocando a la parte demandante en una situación de indisposición continua de sus bienes, con lo que ello representa para el ejercicio del comercio (daño), de tal suerte que la parte demandante se vio obligada a acudir al juez de amparo para prohibirle a la parte demandada trabar posteriores embargos retentivos, a menos que obtenga una autorización judicial. Que los hechos así descritos evidencian ligereza censurable por parte de los demandados (relación de causalidad). Por lo que procede acoger la presente demanda…”_
Este precedente de temeridad judicial ha vuelto a escena tras los incidentes procesales del pasado fin de semana. La audiencia para conocer la medida de coerción contra los administradores de la Barra Payán fue suspendida debido a que el abogado de otro de los querellantes, Juan Carlos Frías Beltrán, recusó a la jueza Fátima Veloz, una acción que detuvo el conocimiento del proceso en el momento en que se decidiría sobre la libertad de los imputados.
Desde un punto de vista técnico, la defensa sostiene que esta nueva maniobra guarda una estrecha relación con el patrón de conducta sancionado el año pasado. El uso de incidentes para postergar el fallo judicial, mientras los acusados permanecen detenidos pese a sus delicadas condiciones de salud, sugiere una reiteración en el uso del sistema de justicia como herramienta de presión en una disputa que es, en esencia, por el control accionario de la empresa.
Actualmente, el caso se encuentra a la espera de que la Corte de Apelación decida sobre la recusación planteada. Mientras tanto, la condena millonaria de 2025 por abuso del derecho permanece como el registro legal más relevante sobre la estrategia procesal que ha seguido Juan Carlos Frías Paulino en este conflicto societario.