Entregan a Finjus proyecto de Ley que dispone Regulación a los Servicios Telefónicos

El Vice presidente del Senado  y autor  del proyecto de Ley que dispone regulación a los servicios telefónicos, Dionis Sánchez, visitó este martes al vicepresidente ejecutivo de la  Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS), Servio Tulio Castaños Guzmán a quien le hizo entrega de la iniciativa que ya fue aprobada en el la Cámara Alta, y que  ahora cursa en la Cámara de Diputados.

“Dado al respeto que le tenemos a usted y su familia es que hemos querido traerle el Proyecto de ley junto  una comunicación, donde damos algunas explicaciones sobre  la pieza, este es un proyecto bueno que busca proteger al consumidor y a los que usan las telecomunicaciones, somos respetuosos de las opiniones ajenas porque entendemos que esto enriquece el debate’’, puntualizó el senador.

Al recibir el documento el vicepresidente de la Finjus,  agradeció   la consideración del legislador,  y se puso al servicio para sumar ideas al debate sobre el proyecto de ley, si fuera requerido.

La iniciativa legislativa aprobada por el Senado, perimió en la pasada legislatura   en la Cámara baja, fue  aprobado nueva vez en la Cámara Alta y está a la espera de ser conocido por los diputados.

El proyecto de ley que busca modernizar la ley de telecomunicaciones que data del año 1998,  tiene como objetivo transparentar las relaciones de las prestadoras de servicios públicos de telecomunicaciones, con sus clientes, respecto de los servicios pagados y no consumidos.

Refieres, además, en su artículo 3, sobre los minutos pagados y no consumidos, que al momento de acordar una contratación para la adquisición de un servicio prepagado, con una prestadora de servicio de telecomunicaciones, queda establecido que los minutos contratados y pagados por el cliente  y que no hayan sido consumidos, serán traspasados  y acumulados al mes siguiente.

En tanto que el su artículo 7, sobre la suspensión del servicio, se dispone que los servicios de telefonía que fueren suspendidos, por las prestadoras de servicios, sea porque el usuario así lo entienda de manera temporal, sea por falta de pago, o por cualquier otra circunstancia, no se les puede seguir facturando por el tiempo que se mantenga suspendido el servicio, entre otros aspectos que buscan  transparentar los servicios de las telecomunicaciones.

Redacción

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