La Cámara de Diputados convirtió en Ley el proyecto que autoriza al presidente Danilo Medina declarar en Estado de Emergencia, para intervenir a las 15 provincias afectadas por las lluvias e inundaciones.
La iniciativa fue declarada de emergencia y aprobada en dos lecturas consecutivas. El proyecto se sustenta en el artículo 265 de la Constitución, y tiene como objetivo que el Gobierno Central y sus instituciones puedan contar con facultades extraordinarias para realizar las reparaciones, construcciones y reconstrucciones necesarias para remediar los grandes daños causados por las lluvias torrenciales registradas en 15 provincias.
La iniciativa fue acogida en primera lectura con 129 votos favorables 19 en contra. En tanto que en segunda lectura fue sancionado positivamente con 127 a favor y 26 votaron en contra la iniciativa pasa al Senado para su ponderación y debates.
Las provincias declaradas en emergencia son: Puerto Plata, La Vega, Espaillat, María Trinidad Sánchez, Santiago, Duarte, Samaná, Sánchez Ramírez, Montecristi, La Altagracia, Hermanas Mirabal, Hato Mayor, Valverde, El Seibo y Monseñor Nouel.
En su primer considerando indica que en el recién pasado mes de noviembre, el país ha sido afectado por lluvias torrenciales que han causado daños de gran magnitud en diferentes lugares del territorio nacional.
Rechazan propuesta PRM
El hemiciclo rechazó las modificaciones al proyecto realizadas por el bloque de diputados del Partido Revolucionarios Moderno (PRM), las cuales fueron sustentadas mediante un escrito depositado mediante la secretaria general de ese órgano legislativo.
Alfredo Pacheco, vocero de la banca del PRM, precisó que las modificaciones a la pieza van a contribuir a mejorar el proyecto, ya que entienden que a todas luces como esta y como lo aprobó el Senado de la República tiene algunos vistos de inconstitucionalidad y, que le faltan algunos elementos que los sustenten y sustancian.
Pacheco dijo que no se oponen a la iniciativa, pero que se debe poner límite al gobierno: “Hemos vivido de manera descarnada las afectaciones de la zona norte y nordeste del país, productos de las precipitaciones que se han extendido por más de un mes por toda la nación, generando daños sustanciales a la productividad, Educación, Salud e infraestructuras”, añadió.
La solicitud del PRM radicaba en agregar las siguientes modificaciones al proyecto que busca declarar el Estado de Emergencia:
Agregar un considerando donde establece que el Estado de Emergencia, como Estado de Excepción, el cual estará vigente por el tiempo de seis meses, a partir de la promulgación de la presente ley, e igualmente el Gobierno deberá cumplir con las condiciones exigidas en el cuerpo de la presente ley.
También piden agregar un párrafo al artículo uno, que establezca que el Estado de Emergencia tendrá el tiempo de seis meses, a partir de la promulgación de la presente ley;
Además, solicitan modificar el artículo 2 para que se lea: En el plazo de los 30 días a partir de la promulgación de la ley, el presidente de la República deberá informar la evaluación de los daños ocurridos en las catorce provincias del país, junto con la lista de las obras y servicios que serán ejecutados para fines de reparación, construcción y reconstrucción, así como también las fuentes de estos recursos, con posterioridad a este primer informe. El presidente deberá informa cada 60 días al Congreso Nacional sobre las disposiciones que haya tomado y la evolución de las reparaciones, contriciones y reconstrucciones realizadas para reparar los daños causados por las indicadas lluvias en las provincias antes mencionadas.
Igualmente, requieren agregar un párrafo al artículo dos: que establece que el presidente de la República conformará una comisión en las diferentes provincias donde se estén ejecutando las inversiones, en correspondencia con la presente ley, integradas por el senador, diputados y los alcaldes de cada una de las demarcaciones afectadas, junto con los representantes del gobierno, en calidad de veedores en pos de la transparencia, con el objetivo de garantizar la efectividad e idoneidad de esta declaración de Emergencia.
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