CD aprueba de urgencia préstamo de RD$1,200 millones para regalía

La Cámara de Diputados aprobó este jueves de urgencia y en dos sesiones consecutivas, un préstamo por RD$1,200 millones para el pago de la regalía en ayuntamientos y otras instituciones autónomas y descentralizadas.

La pieza de la autoría de la presidenta de la cámara baja, Lucia Medina fue sometió al pleno y la moción de que la iniciativa se liberara de ir a comisión y se aprobara de urgencia en dos sesiones consecutivas.

El presidente en funciones del hemiciclo, Lupe Núñez, que sustituyo provisionalmente a la titular del organismo, lucia Medina, hasta que se conociera la iniciativa, sometió el procedimiento de que se liberara de ir a comisión y fuera declarada de urgencia, siendo acogido por la mayoría.

La pieza autoriza al Banco de Reservas a financiar el préstamo que se distribuirá entre los organismos del sector público descentralizados y autónomos no financieros, empresas públicas no financieras, organismos de Seguridad Social, ayuntamientos de los municipios y el Distrito Nacional y juntas distritales, para que paguen el salario de navidad a sus empleados.

El préstamo se descontará a los cabildos en 11 cuotas del presupuesto que reciben mensual correspondiente a la de la ley 176-07, la cual establece el salario número 13.

Uno de los sus considerandos de la pieza legislativa, indica que los ayuntamientos, así como otras instituciones del Estado se encuentran en la necesidad de gestionar un financiamiento ante el banco del reservas de la

República para cumplir con el compromiso de otorgar el salario de navidad a sus empleados.

Otro considerando precisa que según lo que establece la Ley número 6-06, de Crédito Publico, las instituciones de la seguridad social, las empresas públicas no financieras, así como los ayuntamiento de los municipios y Distrito Nacional, no podrán endeudarse con el Sistema Financiero Nacional sin la aprobación congresual, cuanto el vencimiento de dichos endeudamiento supere el ejercicio anula presupuestario.

De igual forma, un considerando explica que la Ley número 176-07, del Distrito Nacional y los municipios, establece que los ayuntamientos de los municipios podrán de conformidad con lo establecido en la ley de Crédito Publico vigente, concertar operaciones de crédito público en todas sus modalidades, tanto a corto como a medio y largo plazo; asimismo dispone que la deuda pública de los ayuntamientos gozarán de los mismo beneficios y condiciones que la deuda pública emitida por el Estado.

Amaurys Florenzán

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