Cámara Diputados convierte en Ley proyecto de Movilidad y Tránsito

La Cámara de Diputados convirtió este viernes  en Ley el proyecto de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana, y el Instituto de Tránsito Terrestre (Intrant).
Los diputados acogieron las modificaciones hechas por el Senado de la República a unanimidad en una única lectura.
La nueva de Ley de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana, y el Instituto de Tránsito Terrestre (Intrant), pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación u Observación, la cual sustituirá a la Ley 241 de Tránsito de Vehículos.
Se modificaron los artículos 4 sobre l servicios de transporte de Pasajeros, que serán brindados a las personas, se considera como privados, además sobre las sanciones, establecido en el artículo 62, además en el artículos 104, sobre el registro de los vehículos del transporte de carga que deberán inscribirse en el Intrant, y se le elimino en el 298 en la parte capital sobre la distribución de las multas.
La normativa regulará y supervisará la movilidad, el transporte terrestre, tránsito y la seguridad vial en el país y a establecer las instituciones responsables de planificar y ejecutar dichas actividades.
La iniciativa que consta de 96 páginas y 360 artículos, fue sometido por el diputado Tobías Crespo, y fue acogida en dos lecturas por la Cámara de Diputados, pero volverá a ese hemiciclo tras las modificaciones que le introdujo la comisión especial de senadores.
El Intrant será un organismo rector, nacional, sectorial, descentralizado del Estado, con personalidad jurídica, autonomía administrativa, financiera y técnica, adscrito al Ministerio de Obras Públicas, y se encargará de cumplir y hacer cumplir su contenido en el tránsito y transporte terrestre.
La normativa indica que el Intrant conformará el Comité Consultivo de Participación Social de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, el cual se encargará de promover la concertación de las distintas entidades que desarrollaran actividades relacionadas. Se crea además el Observatorio Permanente de Seguridad Vial, que fungirá como órgano consultor del Gobierno Central, y de los ayuntamientos para adecuar la aplicación de políticas, instrumentos y herramientas de seguridad vial dentro del Plan Estratégico Nacional, de los planes locales de la seguridad vial y los planes a desarrollar en las instituciones públicas y privadas, de cara a la prevención de los accidentes de tránsito.
También,  la Ley de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana, y el Instituto de Tránsito Terrestre (Intrant), prohíbe y condena a un año de prisión a las personas que incendien gomas y lancen tachuelas y grapas a las calles para  obstruir la circulación del tránsito.

Amaurys Florenzán

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