Cámara de Diputados aprueba ley de Tránsito y Movilidad Vial

La Cámara de Diputados aprobó este miércoles en segunda el proyecto de Ley de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana. La iniciativa pasa al Senado de la República a los fines de su estudio, ponderación y aprobación

La pieza es de la autoría del legislador Tobías Crespo recibió el voto favorable de 139  legisladores y uno en contra.

La iniciativa posee 195 artículos y más de 100 páginas de orientación y control al sistema de Transporte del país.

La pieza reduce a 7 de 17 entidades que conformarían el Consejo de Dirección del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant).

Según el artículo 12 de dicha Ley  la conformación del Intrant estará integrado por los ministerios  de Obras Públicas y Comunicaciones, quien lo dirigirá;  Interior y Policía o su representante; Salud Pública o su representante;  Economía, Planificación y Desarrollo e Educación, o su representante.

También,  el secretario general de la Liga Municipal Dominicana (LMD), en representación de Distrito Nacional y los Municipios,  el director ejecutivo del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), con voz, pero sin voto.

El presidente de la Comisión de Obras Públicas de ese hemiciclo,  Napoleón López Rodríguez, informó que se realizaron los cambios que sugirieron los legisladores al proyecto de ley.

La misma deroga la Ley No. 241, del 28 de diciembre de 1967, de tránsito de vehículos en la República Dominicana, donde se establece sanciones para quien transporte niños en motocicletas.

La pieza establece que el Estado creará las condiciones para atraer a los agentes económicos interesados en invertir en el sector.

La propuesta pasa al Senado de la República para su estudio.

La iniciativa posee 195 artículos y más de 100 páginas de orientación y control al sistema de Transporte del país.

Según el artículo 12 de dicha Ley  la conformación del Instituto del transporte  Terrestre (Intrant)   estará integrado por los ministerios  de Obras Públicas y Comunicaciones, quien lo dirigirá;  Interior y Policía o su representante; Salud Pública o su representante;  Economía, Planificación y Desarrollo e Educación, o su representante.

También  la iniciativa estimulará el desarrollo empresarial de los proveedores del servicio de transporte terrestre, respetando los contratos existentes del servicio del transporte público de pasajeros,  siempre que cumplan con la ley.

Propone un esquema regulatorio que evite la competencia desleal y los abusos por parte de instituciones, personas o empresas en virtud de su posición dominante en el mercado.

También, velará por el interés general de toda la población, en calidad de garante de la estabilidad jurídica que, además de inspirar seguridad para la inversión, genere un ambiente adecuado para el desarrollo empresarial basado en la fijación de reglas claras, confiables y justas.

En su artículo 29,  la iniciativa establece que el transporte de pasajeros será considerado un servicio  de interés público, regulado y gestionado por el Estado a través del Instituto del transporte  Terrestre (Intrant),  y los ayuntamientos.

Amaurys Florenzán

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