Academia de Ciencias y UASD cuestionan sentencia busca modificar límites del Parque Nacional Jaragua

SANTO DOMINGO.– La Comisión de Ciencias Naturales y Medio Ambiente de la Academia de Ciencias de la República Dominicana y el Equipo Ambiental de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), tras analizar la sentencia emitida por el Tribunal Superior Administrativo (TSA) que pretende propiciar la modificación de los límites del Parque Nacional Jaragua para facilitar el desarrollo de proyectos a favor de un particular, reiteraron los términos del comunicado previo de la Coalición para la Defensa de las Áreas Protegidas, de la cual forman parte.

Las entidades consideraron que la referida sentencia resulta altamente sospechosa, ya que se alinea con pretensiones históricas provenientes de sectores políticos, empresariales, legislativos, inversionistas, militares, funcionarios y religiosos, que durante años han impulsado iniciativas orientadas a cercenar los límites de las áreas protegidas para beneficio particular, en detrimento del interés colectivo.

Indicaron que dicha sospecha cobra mayor fuerza al comprobarse que la decisión del TSA viola el mandato expreso del artículo 16 de la Constitución dominicana, el cual establece que la vida silvestre, las unidades de conservación del Sistema Nacional de Áreas Protegidas y los ecosistemas y especies asociados son bienes patrimoniales inalienables, inembargables e imprescriptibles, y que los límites de estas áreas solo pueden reducirse mediante ley aprobada por las dos terceras partes de ambas cámaras del Congreso Nacional.

Asimismo, recordaron que la Ley Sectorial sobre Áreas Protegidas 202-04 establece que el Sistema Nacional de Áreas Protegidas tiene carácter definitivo, es irreducible en cada una de sus partes y en su totalidad, y que las áreas públicas bajo régimen legal de protección constituyen un componente inalienable, imprescriptible e inembargable del patrimonio estatal, no transferible bajo ninguna circunstancia.

Las comisiones advirtieron que preocupa que esta sentencia pueda constituir un ensayo con pretensiones más amplias, tomando al Parque Nacional Jaragua como punto de partida para desmembrar progresivamente el Sistema Nacional de Áreas Protegidas completo, amparado en formalidades judiciales, con el objetivo de oficializar viejas aspiraciones de apropiación de los espacios que resguardan el patrimonio natural y cultural de la nación.

Recordaron que tales pretensiones atentan contra el presente y el futuro del país, ya que las áreas protegidas y su biodiversidad asociada proveen servicios ambientales esenciales como la calidad del aire, el suministro de agua, la seguridad alimentaria, la pesca, el turismo, la regulación climática, el control de la erosión y la mitigación de los efectos del cambio climático.

En ese sentido, enfatizaron que ninguna sentencia puede poner en riesgo el bienestar colectivo para favorecer intereses particulares, por lo que llamaron a rechazar y enfrentar cualquier esfuerzo que procure la destrucción o reducción de las áreas protegidas.

Las entidades expresaron su esperanza de que el Tribunal Constitucional derogue la improcedente e inexplicable sentencia y consolide el Sistema Nacional de Áreas Protegidas como bien público fundamental, cerrando definitivamente el paso a las pretensiones históricas de apropiación de los bienes colectivos.

El Motín